Información sobre el manejo del covid: respuestas que no aportan claridad

Por ley de acceso a la información pública (Ley 27.275) un grupo de profesionales hemos solicitado información al gobierno a través de preguntas que fueron respondidas de acuerdo a la competencia de las distintas agencias gubernamentales y otras no fueron respondidas porque no correspondía a ese nivel. Dijeron no contar con la información solicitada, pero tampoco fueron derivadas al organismo correspondiente para dar una respuesta. No haremos comentarios respecto si fueron satisfactorias las respuestas. Pero, a continuación, citamos algunas de ellas para que el lector saque sus propias conclusiones.
El documento completo, al que es posible acceder haciendo click aquí, es de carácter oficial y fue respondido en forma privada al grupo de profesionales que solicitó la información. Esa es la razón por la cual no ha sido publicado en ninguna página o sitio oficial del gobierno.
En las preguntas 1) y 2) solicitamos información respecto de la totalidad de fallecimientos ocurridos en 2019,2020 y lo que va de 2021, y que se detallen las causas clasificadas por etiología y la franja etaria.
Brindaremos un extracto de la respuesta obtenida: "La cantidad de defunciones registradas en la Argentina en el año 2019 fue de 341.728". A continuación, se proporciona un link donde se puede acceder a información más detallada.  "No se dispone a la fecha de datos consolidados nacionales correspondientes al año 2020 o 2021. Cabe informar que los datos para la elaboración de la información estadística sobre hechos vitales y sus características, se obtienen a través del Sistema de Estadísticas Vitales, que a nivel nacional coordina la Dirección de Estadísticas e Información en Salud (DEIS), en articulación con las oficinas provinciales de estadísticas y los registros civiles. No existe un sistema informático único nacional, sino normas y procedimientos comunes para la generación de la información estadística. El plazo para el envío de la información correspondiente a un año dado es el 30 de junio del año calendario siguiente. Cabe señalar que el registro y procesamiento de las causas de defunción se realiza según el modelo Internacional de Certificado de Defunción recomendado por la OMS y la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud en su décima revisión ( CIE-10)".
En base a esta respuesta, nos preguntamos ¿cómo puede ser que los medios de comunicación informen los fallecimientos totales y, en muchos casos, incluso diciendo las causas y la franja etaria cuando queda claro con esta respuesta que no hay disponibilidad de esos datos hasta la fecha? Únicamente se tiene la información limitada a 2019.
La pregunta 3) se refiere a cómo se han diagnosticado las muertes declaradas por covid-19.
La respuesta dice "La resolución N° 680/2020 dispone en su artículo 1° la incorporación al régimen legal de las enfermedades de denuncia obligatoria, establecido por Ley N° 15.465, sus modificatorias y complementarias, a la enfermedad Covid-19 en todas sus etapas, desde la sospecha de caso hasta el seguimiento de su evolución, lo que incluye la notificación del fallecimiento por covid-19". Ofrece el link correspondiente para consultar las definiciones de caso, que han ido modificándose en el transcurso del año 2020 y 2021. Basta recordar que una de las definiciones de caso era "tener una PCR positiva con o sin sintomatología". Luego se fueron incorporando otras, tales como que "todo contacto estrecho con alguien que tenga una PCR positiva o alguna prueba serológica (cuando se comercializaron) se considerará caso"; "Todo resfrío es Covid"; "Una PCR positiva junto con la presencia de un síntoma o signo como tos o fiebre de 37.5°C". Es conveniente aclarar que la fiebre se considera a partir de 38°C y que 37.5°C es febrícula, pero la Argentina fue el único país en considerar esta temperatura como síntoma de covid.
La pregunta 5) hace referencia a cuántos de los muertos declarados por covid-19 ingresaron a la internación con descompensación de otra patología pre existente o con una patología aguda diferente a la de covid-19. Sin embargo, responden: "No está registrado en el SNVS (que es un Sistema de Vigilancia Epidemiológica ) el estado de ingreso a la internación de los pacientes, por lo que se deberán revisar las Historias Clínicas correspondientes en los centros de atención de cada jurisdicción".
De esta respuesta se desprende que independientemente del motivo de internación, las muertes serán registradas como covid-19.
La pregunta 6) se refiere al diagnóstico del certificado de defunción clasificado por etiología en los casos que se internaron por causas diferentes a covid-19. A esta consulta respondieron:
"Los Certificados Médicos de Defunción son confeccionados por los médicos que presencian la defunción de una persona, en consecuencia, no obra en esta cartera la información requerida".
La pregunta 8) solicita información sobre el seguimiento clínico de todas las personas a las que les dio positiva la PCR y sobre la normativa de los ciclos de amplificación de la PCR. A ello contestan: "Toda vez que el SNVS es un sistema de vigilancia epidemiológica, no se registra el seguimiento clínico de las personas". Ofrece un link de consulta y añade: "Este nivel no define la normativa en cuanto a los ciclos de amplificación de PCR."
La pregunta 9) se refiere a cuántos de aquellos con PCR positiva luego desarrollaron síntomas de algún tipo y cómo se constató que se trataba de Sars-Cov-2. "La notificación en casos leves no tiene como obligatorio el campo síntomas, en consecuencia ,no es posible responder a lo solicitado con la información que obra en los registros del SNVS", respondieron.
Como es evidente, esta respuesta se contradice con lo respondido en la pregunta 3), en la cual destacan que se trata de una enfermedad de denuncia obligatoria desde la sospecha.
La pregunta 10) se refiere a la vigilancia de otros virus respiratorios. Responden que esta información está vertida en el Boletín Integrado de Vigilancia (BIV) y ofrece un link de consulta.
Hay una contradicción de esta respuesta con la posición del gobierno y los Ministerios de Salud, cuando dijeron que en una pandemia el virus responsable de la misma desplaza a los demás agentes microbianos de otras patologías, razón por la cual han desaparecido de la circulación otros agentes responsables de las enfermedades estacionales y propias de las distintas franjas etarias de circulación habitual.
Las preguntas 11 ) y 13) se refieren a las PCR positivas en personas asintómaticas y la posibilidad de considerarlas falsos positivos ya que nunca desarrollaron síntomas. Responden "Un diagnóstico en personas asintomáticas no es considerado un falso positivo. Esa persona aún sin manifestar síntomas, puede transmitir la enfermedad".
Hay, por lo tanto, una contradicción y desconocimiento de la prueba PCR en cuanto a su fundamento y a las limitaciones de la técnica. Y, además, ignoran un informe de respuestas del Ministerio de Salud de la Nación respondido a través del ANLIS (Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud), donde informan que la PCR no es una prueba que evalúe contagiosidad, transmisibilidad, infectividad, portación, evolución y progresión de la enfermedad. Así como tampoco permite diferenciar virus infeccioso de no infeccioso, viriones incompletos, fragmentos de virus o virus neutralizados por anticuerpos.

Dra.Liliana Szabó, médica pediatra;
Dr.Eduardo Yahbes, médico pediatra;
Dr.Oscar Botta,médico pediatra, especialista en Salud Pública;
Dra.Beatriz Rauber, médica pediatra;
Dra.Patricia Fernández, bioquímica;
Julia Bottai, licenciada en Biotecnología;
Dra.Daniela López, médica generalista;
Dr.Juan Garberi, doctor en Ciencias Químicas;
Dr.Xavier Huelmo, médico de familia y Estratega en Catástrofes y Graves Epidemias;
Dr. Gustavo Fano,doctor en Ingeniería;
Dr.Alfredo Kinbaum, abogado;
Dr.Nilo Medina, abogado;
Dra.Marcela Witt, bioquímica.